La prestación por desempleo de nivel contributivo está gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo. La cuantía se calcula en función de las cotizaciones realizadas durante los periodos trabajados, según SEPE Servicio Público de Empleo Estatal.
Incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Requisitos:
- Estar afiliada o afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. La solicitud incluye el compromiso de actividad; si este no se cumple podrá afectar a su prestación.
- Estar inscrito o inscrita y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
- Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Si es persona trabajadora eventual agraria que, inmediatamente antes, figuró de alta en Seguridad Social dentro del colectivo de trabajadores autónomos o por cuenta propia, el período mínimo de cotización necesario para el acceso a la prestación por desempleo será de 720 días.
- No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
Hay que tener en cuenta las siguientes situaciones:
Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar ese último periodo de un año o más, podrá elegir entre reanudar la prestación que suspendió o cobrar la nueva que ha generado. Esto es el derecho de opción.
Si para trabajar el último periodo de un año o más, interrumpió el cobro de un subsidio por desempleo, deberá solicitar la nueva prestación por desempleo generada.
Documentación necesaria:
Para poder acceder a una prestación contributiva por desempleo por haber trabajado un año o más, deberá inscribirse como demandante de empleo y presentar la siguiente documentación:
- Modelo oficial de solicitud.
- Identificación de la persona solicitante y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud, bastará con enseñar alguno de los siguientes documentos:
- Españolas y españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Extranjeras y extranjeros residentes en España:
- Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.
- Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que usted sea titular, y donde desee percibir la prestación.
- Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de personas extranjeras.
- Certificado o certificados de empresa en las que usted haya trabajado en los últimos 6 meses (si no se han enviado por las empresas al Servicio Público de Empleo Estatal). Solo en aquellas situaciones en las que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, es necesario aportar otro documento que la justifique.
- Más información sobre la documentación a aportar
Foto: pixabay.com
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