Ayudas Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales

Estas ayudas están dirigidas a personas individuales o unidades familiares que presenten situaciones de carencia de medios económicos y en las que concurran circunstancias que puedan suponer riesgo de exclusión social, según el Ayuntamiento de Madrid (sede.madrid.es/portal/site/tramites).

¿A quién va dirigido?

Personas físicas para sí o su unidad familiar que reúnan los requisitos.

Importe

La ayuda económica está en función de la renta mensual per cápita y de los criterios de valoración establecidos por la Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid. Esta ayuda cubrirá como máximo el 90% del coste del servicio que se subvenciona, debiendo el resto ser aportado por el beneficiario, excepto en situaciones de emergencia o situaciones especialmente graves.

Requisitos

  • Ser mayor de edad o menor emancipado.
  • Empadronamiento en el distrito donde se presente la solicitud (para solicitudes a tramitar por el Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, empadronamiento en el municipio de Madrid).
  • Acreditar la situación de necesidad.
  • Aportar la documentación exigida en cada caso.
  • Aceptación expresa, por parte de la persona, de las condiciones que figuren en el diseño de intervención social.

Cómo realizar el trámite

  • En línea: Realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico‘ disponible en ‘Tramitar en línea’ (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: Entregando la documentación requerida en el Centro de Servicios Sociales correspondientes en razón del domicilio.

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea’ (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios’.
  • Para el resto de documentación a presentar ver el formulario normalizado.

Más Información

Tramitación

  • Estudio y valoración de la petición por parte de los/las Trabajadores/as Sociales de los Centros de Servicios Sociales de los Distritos Municipales.
  • Notificación a la persona interesada de la concesión / denegación.

Información complementaria

  • Prestaciones. Tramitación y gestión de prestaciones
  • Baremo
    • Tipología y situación socio – familiar: hasta 2 puntos
    • Situación socio – económica: hasta 3 puntos
    • Situaciones de riesgo de exclusión social: hasta 3 puntos
    • Proceso de intervención social individual y / o familiar: hasta 2 puntos
    • Situación de emergencia social individual o familiar: hasta 2 puntos
    • Puntuación total: hasta un máximo de 10 puntos.
    • Para la concesión de la ayuda es imprescindible alcanzar un mínimo de 4 puntos en los criterios de valoración y no superar la renta mensual per cápita establecida.
  •  Datos Específicos. Las ayudas pueden ser:
    • Ayudas económicas de emergencia social.
    • Ayudas económicas temporales de especial necesidad.

Fundamento legal

Ley 11/2003 de 27 marzo de 2003. BOE Número 157 de 2 de julio de 2003.

Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid. Acuerdo Pleno de 28 septiembre 2004. BOCM  núm. 258 de 29 octubre 2004.

Entidad Gestora

Distritos Municipales del Ayuntamiento de Madrid

Foto: pixabay.com

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